De acuerdo a la vigencia de la Norma IRAM 3.517 parte
II y la Ordenanza 40.473 del GCBA, se establece en forma
obligatoria, que se deberá realizar anualmente la recarga de
extintores, como así también su correcta implementación.
Servicios adicionales:
- Control trimestral
- Venta de extintores
- Venta de cartelería de señalización
- Venta de mangueras de incendio
- Venta de gabinetes para extintores o mangueras de incendio
- Venta de artículos de seguridad industrial
- Personal técnico especializado
- Realización de controles permanentes con un abono mensual
- Retiro y entrega de equipos a domicilio
- Amplia línea de modelos de matafuegos según las necesidades